Declara inadmisibles los recursos interpuestos por el PRM, FP, FNP y PQDC por extemporáneos
Santo Domingo, RDHerald.- La Junta Central Electoral (JCE) ratificó la noche de este jueves la resolución 14/2020 sobre transmisión y divulgación de resultados electorales en las próximas elecciones municipales a efectuarse el 16 de este mes.
El órgano electoral hizo la aprobación mediante la resolución 15/2020, la cual rechaza el recurso de revisión interpuesto por el partido Fuerza del Pueblo y declara inadmisibles los recursos interpuestos por los partidos Revolucionario Moderno (PRM), Fuerza Nacional Progresista (FNP) y Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC).
Argumentó, en la resolución que declara inadmisibles los recursos interpuesto por PRM, FNP y PQDC por extemporáneos, ya que fueron recibidos el 4 de febrero de 2020 y notificados fuera del plazo establecido en el artículo 145 de la Ley Electoral 15-19.
Respecto al recurso interpuesto por el partido Fuerza del Pueblo, fue rechazado en cuanto al fondo “en virtud de que se mantienen incólumes los motivos y las razones legales que dieron origen a la resolución no. 14-2020 de fecha 30 de enero de 2020, dictada por el pleno de la Junta Central Electoral”.
La resolución está firmada por el presidente del pleno de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, y por los miembros titulares Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, así como Ramón Hilario Espiñeira Ceballos, secretario general.
El partido la Fuerza del Pueblo (FP) interpuso por ante la Junta Central Electoral un recurso de revisión contra la resolución 14-20 de la entidad, que reglamenta la transmisión o divulgación de los resultados electorales de las elecciones de febrero de 2020.
La instancia, depositada a través del delegado político de la organización, Manuel Crespo, alega en el escrito que fue depositado por ante la Secretaria General de la JCE que el método aprobado pone en riesgo la diafanidad y transparencia del proceso, toda vez que no toma en cuenta que existe la posibilidad de que al ejecutar esa modalidad hayan ciudadanos en filas ejerciendo su derecho al voto.
En la resolución 14/2020, la JCE establece que divulgará los resultados “a partir de las dos horas luego de llegada la hora oficial del cierre de los colegios electorales o cuando se hayan recibido por lo menos el 50 % de los resultados de los colegios electorales en cada municipio”.