Santo Domingo, RDHerald.- La imposición a los partidos de un sistema de elecciones con primarias abiertas y de manera simultánea es inconstitucional y sería un atropello institucional, afirmó el expresidente Leonel Fernández.
Agregó que el debate que se ha generado en el país sobre ese tema carece de sentido, debido a que ya la Suprema Corte de Justicia se pronunció al respecto en el año 2005.
Advirtió que “desconocer lo consignado en el artículo 277 de la Constitución, en lo referente a la Ley de Partidos Políticos, destaparía una caja de pandora, en la que todos los casos judiciales que anteriormente habían adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada podrían ser nuevamente conocidos por ante las distintas instituciones jurisdiccionales”.
“Además, se pondría en peligro la seguridad jurídica del país, se vulneraría el clima de negocios y el Estado Social y Democrático de Derecho consagrado como principio constitucional en el ordenamiento jurídico nacional”,
expresó el también presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en el “Observatorio Global” que publica quincenalmente en un periódico de circulación nacional.
Refirió que “en los artículos 36 y 37 del proyecto de ley de partidos políticos reintroducido por la Junta Central Electoral a las cámaras legislativas en febrero de este año, se sostiene que es competencia de los partidos y agrupaciones políticas reglamentar las primarias internas a celebrarse en fecha determinada por el organismo competente del mismo partido o agrupación política”.
“el referido proyecto de ley que cursa en el Congreso también indica que es responsabilidad de los partidos y agrupaciones políticas decidir la modalidad de la organización de las primarias, pero no dice que las consultas internas deben ser abiertas, con el padrón del organismo electoral, o cerradas con el registro de los miembros afiliados”. Dijo.
“De conformidad con el referido proyecto de ley, cada partido político dispone de la libertad de escoger el mecanismo que estime más conveniente a sus objetivos partidistas”, subrayó.
Explicó que “al concebir la Constitución de la República que los partidos políticos son organizaciones libres, así como de que disponen de una libertad democrática interna, resultaría incompatible con la propia Carta Magna el que se imponga, mediante una ley, una limitación al ejercicio pleno de esa libertad instituida por el texto constitucional”.
“Ese fue uno de los criterios consignados por la Suprema Corte de Justicia, actuando en función de Corte Constitucional, en la sentencia de fecha 16 de marzo del 2005, que declaró la nulidad de la Ley 286-04, que establecía el sistema de elecciones primarias simultáneas con voto universal, directo y secreto”, indicó.
Afirmó que “el propósito de establecer una ley de elecciones primarias simultáneas, utilizando el padrón universal de la Junta Central Electoral, no es nada nuevo en la República Dominicana, y a propósito recuerda que ya se había intentado hace 13 años, mediante la aprobación de la ley a que fue declarada nula en el 2005”.