El Presidente Luis Abinader promulga Ley de Presupuesto Complementario

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Palacio Nacional de La Republica Dominicana

Santo Domingo, RDHerald.- El presidente Luis Abinader promulgó este lunes la ley de Presupuesto Complementario para lo que resta de este año con el objetivo de mitigar la crisis generada por el COVID-19, ascendente a RD$202,020,947,339.

La nueva ley, registrada con el número 222-20, modifica la anterior 506-19 correspondiente al Presupuesto en ejecución del presente año.

Según informó la Presidencia, la legislación autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a incrementar las fuentes financieras en el Presupuesto General del Estado actual.

La pieza fue sometida por el Poder Ejecutivo vía la Cámara de Diputados y posteriormente fue convertida en ley por el Senado de la República y la Cámara de Diputados, con votación unánime.

Para tales fines, el presidente Abinader encomendó a una comisión integrada por el ministro de Hacienda, Jochi Vicente, y el director general de Presupuesto, José Rijo Presbot, entregar dicho proyecto a las cámaras legislativas, conjuntamente con una comunicación en la que explica los motivos de la iniciativa.

En dicha comunicación, Abinader señaló que se prevé una disminución del Producto Interno Bruto (PIB) nominal de -1.6% con relación al año 2019 y una caída real de -4% con respecto al año anterior.

Expresó que el presupuesto complementario contempla, además, los incentivos otorgados para labor humanitaria y la continuación hasta diciembre de este año de los programas de asistencia social FASE, Quédate en Casa y Pa’ Ti.

La pieza asigna un incremento en las apropiaciones del Ministerio de Salud Pública por RD$17,467.7 millones que serán destinados a la implementación del plan diseñado para enfrentar el COVID-19, que incluye el incremento en el número de pruebas, la contratación de médicos, la instalación de camas hospitalarias y posiciones en unidades de cuidados intensivos.

Además, comprende recursos adicionales necesarios para programar los gastos de capital para reparaciones de viviendas; los montos correspondientes al Banco Agrícola para préstamos agropecuarios a tasa cero, así como otros compromisos para la disminución de la deuda administrativa.